El Ministro de cada parroquia debe exhortar con frecuencia al pueblo para que no difieran el bautismo de sus hijos, y que procuren que éste sea administrado los domingos u otros días de fiesta. No obstante (si la necesidad lo exigiere) podrá administrarse el Bautismo en cualquier otro día. También deberá advertirles que solo por causa urgente podrán ser bautizados sus hijos en sus hogares.
Para el bautismo de un niño deberá haber, cuando se pueda, que estén presentes dos padrinos y una madrina; y para el de una niña un padrino y dos madrinas; y los padres del niño o de la niña pueden ser los padrinos si así lo desearen.
Cuando haya niños para ser bautizados, los padres o tutores deberán dar aviso al Ministro. Y a la hora del Bautismo, que puede administrarse, ya sea inmediatamente después de leída la Segunda Lección de la Oración Matutina o de la Vespertina, o a cualquiera otra hora designada por el Ministro, los padrinos y demás personas se colocarán con los niños junto a la Pila Bautismal.
Cuando haya que bautizar adultos, se avisará con tiempo al Ministro; para que pueda proceder con toda diligencia a examinarlos y ver si están suficientemente instruidos en los principios de la Religión Cristiana; y pueden ser exhortados a prepararse a Si mismos, con oraciones y ayunos, para la recepción de este Santo Sacramento.
NÓTESE, que, en ocasión del Bautismo de un adulto, deberán hallarse presentes con él junto a la Pila Bautismal cuando menos dos testigos.
El Ministro entonces acercándose a la Pila Bautismal (en la cual se habrá puesto suficiente cantidad de agua pura) estando la congregación de pie, dirá,
¿HA sido este Niño (o Persona) bautizado antes?
Si responden, No, entonces el Ministro procederá en la forma siguiente.
MUY amados, puesto que Cristo nuestro Salvador dice: Ninguno puede entrar en el reino de Dios, si no es regenerado y nacido de nuevo de Agua y del Espíritu Santo; Yo os suplico invoquéis a Dios Padre, por medio de nuestro Señor Jesucristo, para que por su benigna misericordia conceda a este Niño (o Persona) lo que por naturaleza no puede tener; que sea bautizado con Agua y el Espíritu Santo, recibido en la Santa Iglesia de Cristo, y hecho miembro vivo de ella.
Entonces dirá el Ministro,
Oremos
DIOS Omnipotente e Inmortal, auxilio de todos los necesitados, amparo de cuantos se acogen a ti por socorro, vida de los que creen, y resurrección de los muertos; Te invocamos en favor de este Niño (o este tu Siervo), para que, al recibir tu Santo Bautismo, pueda obtener la remisión de sus pecados por regeneración espiritual. Recíbelo, oh, Señor, como has prometido por tu muy querido Hijo, diciendo: Pedid, y se os dará; buscad, y hallaréis; llamad, y se os abrirá. Así pues, danos ahora que te pedimos; haz que hallemos ahora que buscamos; y que se abra la puerta, puesto que llamamos; para que este Niño (o este tu Siervo) pueda gozar de la bendición eterna de tu ablución celestial, y alcanzar el reino eterno que Tú has prometido por Cristo nuestro Señor. Amén.
El Ministro dirá a continuación
Oíd las palabras del Evangelio, según San Marcos, escritas en el Capítulo décimo, desde el Versículo décimo tercero.
Y PRESENTABAN niños a Cristo para que los tocase; y los discípulos reñían a los que los presentaban. Y viéndolo Jesús se enojó, y les dijo: Dejad a los niños venir a mí, y no se lo estorbéis; porque de los tales es el reino de Dios. De cierto os digo que el que no recibiere el reino de Dios como un niño, no entrará en él. Y tomándolos en los brazos, poniendo las manos sobre ellos, los bendecía.
O este.
Oíd las palabras del Evangelio, según San Juan, en el Capítulo tercero, desde el Versículo primero.
Y HABIA un hombre de los Fariseos que se llamaba Nicodemo, príncipe de los Judíos: éste vino a Jesús de noche, y díjole: Rabí, sabemos que has venido de Dios por Maestro: porque nadie puede hacer estos milagros que tú haces, si no fuere Dios con él. Respondió Jesús, y díjole: De cierto, de cierto te digo, que el que no naciere otra vez, no puede ver el reino de Dios.
Dícele Nicodemo: ¿Cómo puede el hombre nacer, siendo viejo? ¿Puede entrar otra vez en el vientre de su madre, y nacer? Respondió Jesús: De cierto, de cierto te digo, que el que no naciere de agua y del Espíritu, no puede entrar en el reino de Dios. Lo que es nacido de la carne, carne es; y lo que es nacido del Espíritu, espíritu es. No te maravilles de que te dije: Os es necesario nacer otra vez. El viento de donde quiere sopla, y oyes su sonido, más ni sabes de dónde viene, ni adónde vaya: así es todo aquel que es nacido del Espíritu.
O este
Oíd las palabras del Evangelio, según San Mateo, en el Capítulo veintiocho, desde el Versículo dieciocho.
Y LLEGANDO Jesús, les habló diciendo: Toda potestad me es dada en el cielo y en la tierra. Por tanto, id, y doctrinad a todas las naciones, bautizándolas en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo: enseñándolas que guarden todas las cosas que os he mandado: y he aquí yo estoy con vosotros todos los días, hasta el fin del mundo.
Entonces dirá el Ministro,
NOSOTROS recibimos a este Niño (o esta Persona) entre la congregación del rebaño de Cristo, y lo signamos con el signo de la Cruz, en señal de que en adelante será cercado por Dios, y peleará bajo su bandera contra el pecado, contra el mundo, y contra el diablo, y continuará fiel soldado y siervo de Cristo hasta el fin de su vida. Amén.
Y entonces dirá el Ministro,
VISTO pues, hermanos muy amados, que este Niño (o Persona) está regenerado e injertado en el cuerpo de la Iglesia de Cristo, demos gracias a Dios Omnipotente por estos beneficios; y de común acuerdo dirijámosle nuestros ruegos, para que este Niño (o Persona) viva el resto de sus días así como a principiado.
Entonces se dirá,
PADRE nuestro, que estás en los cielos, Santificado sea tu Nombre. Venga tu memo. Hágase tu voluntad, Así en la tierra como en los cielos. El pan nuestro de cada día, dánosle hoy. Y perdónanos nuestras deudas, Así como nosotros perdonamos a nuestros deudores. Y no nos dejes caer en la tentación, Mas líbranos de mal. Porque tuyo es el memo, y el poder, y la gloria, por siempre jamás. Amén.
Después dirá el Ministro,
TE damos cordiales gracias, Padre misericordiosísimo, porque te has dignado regenerar a este Niño (o este tu Siervo) con tu Espíritu Santo, recibirlo como tu propio hijo, e incorporarlo a tu santa Iglesia. Suplicámoste humildemente concedas, que, muriendo al pecado, pueda vivir a la justicia, y siendo sepultado con Cristo en su muerte, pueda también participar de su resurrección; de modo que finalmente, con el mesto de tu santa Iglesia, sea heredero de tu reino eterno; mediante Cristo nuestro Señor. Amén.
Entonces el Ministro añadirá,
EL Dios Omnipotente, Padre de nuestro Señor Jesucristo, por quien es nombrada toda la familia en el cielo y en la tierra; Os conceda el ser fortalecido con el poder de su Espíritu en el hombre interior; para que, morando Cristo en vuestros corazones por fe, podáis ser lleno de la plenitud de Dios. Amén.
Es necesario que todo adulto, así bautizado, sea confirmado por el Obispo, tan pronto como sea conveniente; para que pueda ser admitido a la Santa Comunión.
Cuando por causa de grave enfermedad, sea urgente bautizar a alguno, bastará con la fórmula siguiente:
Una vez que uno de los presentes le haya puesto nombre, el Ministro derramará Agua sobre el Niño (o Persona) enfermo, diciendo estas palabras:
N. YO te bautizo En el Nombre del Padre, Y del Hijo, V. y del Espíritu Santo. Amén.
RECIBIMIENTO DE UNA PERSONA BAUTIZADA PRIVADAMENTE
Es conveniente que un Niño o Persona así bautizado sea después presentado a la Iglesia. en cuya ocasión se usarán las porciones siguientes del Oficio que precede:
El Evangelio, las Preguntas (omitiendo la pregunta ¿Quieres ser bautizado en esta fe? y su respuesta), la Declaración, Recibimos a este Niño (o Persona), etc., y lo demás del Oficio.
BAUTISMO CONDICIONAL
Si existiere duda racional de que una persona haya sido bautizada con Agua, En el Nombre del + Padre, y del + Hijo, y del + Espíritu Santo (que son las partes esenciales del Bautismo), la persona puede ser bautizada de la manera aquí prescrita; salvo que, al momento de sumersión o verter el Agua, el Ministro usará esta fórmula:
SI no estás ya bautizado, N., Yo te bautizo En el Nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Amén.
Orden para La Administración de la Cena del Señor o Santa Comunión
Al tiempo de la Comunión la Santa Mesa estará cubierta con un mantel blanco y limpio, y et Presbítero, puesto de pie reverentemente ante la Santa Mesa, dirá el Padre Nuestro y Ia Colecta que sigue, estando el Pueblo de rodillas; pero el Padre Nuestro puede omitirse a discreción del Presbítero.
PADRE nuestro, que estás en los cielos, Santificado sea tu Nombre. Venga tu reino. Hágase tu voluntad, Así en la tierra, como en los cielos. El pan nuestro de cada día, dánosle hoy. Y perdónanos nuestras deudas, Así como nosotros perdonamos a nuestros deudores. Y no nos dejes caer en la tentación, Mas líbranos de mal. Amen.
Colecta
DIOS Omnipotente, para quien todos los corazones están manifiestos, todos los deseos conocidos, y ningún secreto encubierto; Purifica Los pensamientos de nuestros corazones con la inspiración de tu Santo Espíritu, para que perfectamente te amemos, y dignamente celebremos tu Santo Nombre; por Cristo nuestro Señor. Amen.
Entonces el Presbítero, volviéndose al Pueblo dirá distintamente Los Diez Mandamientos y continuando el Pueblo de rodillas, pedirá perdón a Dios, al fin de cada Mandamiento, por haberlos quebrantado en el pasado, y gracia para guardarlos en lo sucesivo.
Y NÓTESE que al decir Los Diez Mandamientos el Presbítero puede omitir la parte del Mandamiento impresa entre paréntesis.
El Decálogo puede omitirse menos un domingo cada mes. Pero NÓTESE, que cuando se omita, el Presbítero debe decir el Sumario de la Ley, comenzando: Oíd lo que dice Jesucristo nuestro Señor.
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